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Cómo etiquetar el contenido generado con IA (artículo 50)

Práctico7 min de lecturaActualizado el 24 de agosto de 2026Javier Fernández · Economista col. nº 1806Rev. jurídica: A. Vanesa Piedravuena · Abogada nº 4593 ICALPA

Desde el 2 de agosto de 2026 tienes que avisar cuando publicas contenido generado o manipulado con IA: imagen, audio, vídeo y también texto en ciertos casos. El aviso debe ser visible para la persona que lo consume, en el mismo sitio donde está el contenido y en el momento en que lo ve. El marcado técnico que leen las máquinas lo pone el proveedor de la herramienta, no tú. Y hay bastante contenido que no hay que etiquetar.

Qué exige el artículo 50, en una frase

Que nadie confunda lo sintético con lo real sin saberlo. De ahí salen cuatro deberes: avisar de que se habla con una IA, marcar el contenido generado artificialmente, señalar los deepfakes e informar a quien esté siendo sometido a reconocimiento de emociones o categorización biométrica. Este artículo va del segundo y el tercero. Del primero hablamos en la guía del chatbot.

La obligación es de forma, no de fondo. Puedes seguir generando exactamente lo mismo que generabas. Solo tienes que decirlo.

Los dos marcados, que no son lo mismo

Aquí es donde se lía casi todo el mundo, porque el Reglamento habla de dos cosas distintas y las mete en el mismo artículo.

El marcado legible por máquina

Es la huella técnica que va dentro del archivo: metadatos, credenciales de contenido tipo C2PA, marcas de agua imperceptibles o identificadores incrustados. Sirve para que plataformas, buscadores y verificadores detecten el origen sin mirar el archivo con ojos humanos.

Esta obligación recae en el proveedor del sistema generativo, no en ti. Tú no tienes que incrustar nada. Lo que sí te conviene: no reprocesar los archivos de forma que se pierda esa información. Recortar en una app cualquiera, exportar desde un editor viejo o pasar la imagen por WhatsApp puede borrar los metadatos. No es tu incumplimiento, pero te deja sin prueba de origen.

El etiquetado visible para personas

Es el aviso en lenguaje claro que ve quien mira la foto o escucha el audio. Esta parte sí es tuya, y es la que se comprueba con un vistazo. Debe ser claro, distinguible y estar disponible en el momento de la exposición al contenido, no escondido en un enlace ni en la política de privacidad.

El transitorio que vence el 2 de diciembre de 2026

Los sistemas de IA generativa que ya estaban comercializados antes de agosto de 2026 tienen plazo hasta el 2 de diciembre de 2026 para incorporar ese marcado legible por máquina. Es decir: si la herramienta que usas es anterior a este verano, puede que sus salidas todavía no lleven marcado técnico, y eso está amparado hasta diciembre.

No cambia nada de tu lado. Tu aviso visible es exigible desde el 2 de agosto de 2026, con transitorio o sin él. Lo único que te toca hacer es preguntar por escrito a cada proveedor si su salida ya incorpora marcado y en qué formato, y guardar la respuesta. Veinte minutos de correos que valen como prueba de diligencia.

Deepfakes: el caso con nombre propio

Un deepfake es imagen, audio o vídeo que reproduce a una persona real —su cara, su cuerpo o su voz— generado o manipulado con IA de forma que parece auténtico. Aquí la obligación de revelar recae directamente en quien lo publica, o sea en ti.

En una pyme aparece más de lo que parece: la voz clonada del gerente para un vídeo corporativo, la cara de un empleado en un avatar de formación, un testimonial recreado, el rostro sintético de una persona que no existe presentado como cliente. Este último tiene un problema añadido: no es solo etiquetado, es publicidad engañosa si lo presentas como testimonio real.

Cuando el deepfake forma parte de una obra manifiestamente artística, creativa, satírica o de ficción, la revelación se hace de forma que no estropee la obra: basta con indicarlo de manera adecuada, por ejemplo en los créditos o en la ficha, sin un rótulo encima de la imagen. La excepción es sobre cómo se avisa, no sobre si se avisa.

Textos publicados para informar al público sobre asuntos de interés público

El texto generado con IA que se publica con la finalidad de informar al público sobre asuntos de interés público también hay que revelarlo. Piensa en una nota sobre un cambio normativo, un aviso sanitario, información sobre un proceso electoral o una crisis local.

La exención: no hace falta revelarlo si el contenido ha pasado por revisión humana o control editorial y hay una persona física o jurídica que asume la responsabilidad editorial de la publicación. Esa es la puerta por la que sale la mayoría de las empresas. Ojo con lo que significa de verdad: alguien con nombre y apellidos ha leído el texto, lo ha corregido y responde de él. Pulsar publicar sin leer no es control editorial.

El texto puramente comercial —la descripción de un producto, un correo de ventas, la página de servicios— no es contenido de interés público y queda fuera de este deber concreto. Otra cosa es que quieras decirlo igualmente.

Avisos listos para copiar

Cuatro fórmulas cortas. Ni "elaborado mediante tecnologías de inteligencia artificial generativa" ni frases de tres líneas: cuanto más simple, mejor cumple.

Pie de foto:

Imagen generada con inteligencia artificial.

Si es una foto real retocada con IA de forma sustancial:

Imagen editada con inteligencia artificial.

Vídeo para redes. Rótulo sobrepuesto en los primeros segundos y, además, la primera línea del texto del post:

Vídeo generado con IA.

Si aparece una persona real recreada o una voz clonada:

Vídeo generado con IA. La voz y la imagen de esta persona son sintéticas.

Post de blog sin revisión editorial de fondo:

Este texto ha sido generado con inteligencia artificial.

Con revisión y responsabilidad editorial, cuando quieres decirlo de todos modos:

Redactado con ayuda de inteligencia artificial. Revisado y editado por [nombre], que asume la responsabilidad de su contenido.

Locución o audio. Dicho en voz alta al principio, no solo escrito en la descripción:

La voz de este audio ha sido generada con inteligencia artificial.

Dónde se coloca el aviso

Regla que resuelve las dudas: si para enterarse hay que hacer clic, no cumple.

Lo que NO hay que etiquetar

Esta es la parte que casi nadie cuenta y que ahorra mucho trabajo inútil.

La duda habitual

"He escrito yo el artículo pero la IA me ha reescrito la mitad de los párrafos." Si el resultado sigue siendo tu contenido, con tus datos y tu criterio, y tú lo revisas y respondes de él, estás en asistencia a la edición. Si le pediste el artículo entero a partir de un título y lo publicaste con un repaso rápido, no. La frontera no es el porcentaje de palabras: es quién aporta el fondo y quién responde del resultado.

Qué hacer esta semana

Con eso cubres el artículo 50 en un par de tardes. Si prefieres delegarlo, nos ocupamos del etiquetado de contenido y de los avisos de chatbot, y si lo que quieres es tener claro todo el calendario y no solo esta pieza, empieza por las obligaciones de IA de una pyme en 2026.

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