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Formación obligatoria en IA: qué exige realmente el artículo 4 en 2026

Práctico8 min de lecturaActualizado el 20 de septiembre de 2026Javier Fernández · Economista col. nº 1806

El artículo 4 del Reglamento de IA está vigente desde el 2 de febrero de 2025. Tras el Ómnibus digital de julio de 2026, su redacción exige a proveedores y responsables del despliegue adoptar medidas para apoyar la alfabetización en IA de su personal y de otras personas que operan sistemas en su nombre. No fija un curso oficial, horas mínimas ni un nivel individual que la empresa deba garantizar.

Qué dice hoy el artículo 4

La versión consolidada obliga a adoptar medidas teniendo en cuenta los conocimientos técnicos, experiencia, educación y formación de las personas, el contexto previsto de uso y las personas o colectivos sobre los que se utilizarán los sistemas.

El mismo artículo aclara que esa obligación no exige garantizar un nivel específico de alfabetización de ninguna persona concreta. Esta aclaración es importante porque evita vender la norma como si existiera un examen oficial.

Entonces, ¿es obligatoria la formación?

La obligación jurídica es adoptar medidas de alfabetización. Una formación adaptada es una de las formas más claras de cumplirla, especialmente cuando el personal utiliza IA de manera habitual o trata información sensible. Pero el Reglamento no dice que toda empresa deba comprar un curso de una duración determinada ni que exista un certificado oficial.

También pueden formar parte de las medidas una política interna, instrucciones por puesto, guías de uso, sesiones de actualización, supervisión y procedimientos de autorización. La combinación debe ser razonable para el contexto.

Qué no existe

A quién debe cubrir

Personal y otras personas que, en nombre de la organización, se encarguen del funcionamiento y utilización de sistemas de IA. En la práctica pueden ser empleados, dirección, personal en prácticas o determinados colaboradores externos, según cómo trabajen y bajo qué autoridad.

Qué debería incluir una sesión útil

Cómo funciona y dónde falla

Limitaciones del modelo, alucinaciones, verificación y diferencia entre buscar información y generar una respuesta plausible.

Datos y confidencialidad

Qué información no debe introducirse sin revisar condiciones, contratos, base jurídica y garantías: clientes, nóminas, historiales, credenciales o secretos empresariales.

Política interna

Herramientas autorizadas, usos vetados, procedimiento para probar una nueva IA y persona responsable de resolver dudas.

Supervisión humana

Qué resultados se pueden usar como borrador y cuáles necesitan una validación reforzada antes de afectar a una persona, publicar información o ejecutar una acción.

Transparencia

Cuándo un caso puede entrar en el artículo 50. No se enseña “etiqueta todo”, sino a distinguir proveedor, responsable del despliegue, deepfakes, textos de interés público y marcado técnico.

Qué evidencia conservar

Un certificado de asistencia puede ser una evidencia útil, pero no es un “certificado oficial de cumplimiento”. Lo importante es el conjunto de medidas y su adecuación al contexto.

Cómo lo planteamos en una pyme

Partimos del inventario de casos de uso. Un equipo de marketing, administración y RR. HH. no recibe ejemplos idénticos porque tampoco asume los mismos riesgos. Después dejamos materiales, registro de asistentes e integración con la política interna.

Si estás en Canarias

Impartimos la sesión de alfabetización del artículo 4 de forma presencial en las islas o en remoto, con certificado nominal, materiales fechados y política de uso: formación del artículo 4 para empresas de Canarias. Y si lo que quieres es comparar antes toda la oferta formativa local, la hemos ordenado en cursos de IA en Canarias en 2026.

Fuentes oficiales consultadas

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